Exención total en Ganancias para alquileres de vivienda desde 2026 Exención completa en Ganancias
Ganancias, Alquileres, ganancias, alquileres
Lo que tenés que saber:
- Decreto 406/2026 publicado el 1° de junio
- Exención para alquileres de vivienda única y permanente
- Aplica a todos los contratos desde 1° de enero de 2026
- Modificación en deducciones para locatarios corporativos
En esta nota
Exención completa en alquileres
El decreto 406/2026 establece que los alquileres destinados a vivienda única y permanente estarán exentos del impuesto a las ganancias a partir del 1° de enero de 2026. Este beneficio se aplica sin límite de unidades, permitiendo que los propietarios de múltiples inmuebles se beneficien. Las pymes con propiedades en alquiler para vivienda podrán reducir sus cargas fiscales significativamente.
Por ejemplo, una pyme que alquila propiedades residenciales podrá reinvertir los ahorros fiscales en mejoras o expansión. El requisito es que las propiedades sean efectivamente utilizadas como vivienda única por los inquilinos. Esto abre oportunidades para aumentar la oferta de viviendas y mejorar la rentabilidad de los negocios inmobiliarios.
Vigencia y contratos preexistentes
La nueva normativa se aplica a todas las ganancias devengadas desde el 1° de enero de 2026, sin importar la fecha de inicio del contrato de alquiler. Esto significa que los contratos vigentes antes de esa fecha también se beneficiarán si cumplen con los requisitos de destino habitacional.
Este cambio elimina incertidumbres para las pymes que gestionan propiedades, asegurando que cualquier contrato de alquiler vigente o futuro pueda aprovechar la exención, siempre que el uso sea residencial.
Enajenación y venta de inmuebles
El decreto también incorpora una exención para la venta de inmuebles o la transferencia de derechos sobre ellos, efectiva a partir del 1° de enero de 2026. Esta medida beneficia tanto a residentes como a no residentes.
Para las pymes en el sector inmobiliario, esto significa que las operaciones de venta realizadas a partir de esa fecha estarán exentas, facilitando la planificación de estrategias de venta sin la carga adicional del impuesto cedular.
Ajuste en deducciones corporativas
El decreto introduce cambios en las deducciones fiscales para locatarios corporativos. A partir de ahora, las deducciones por alquileres no serán aplicables si el locador es una persona física. Esto obliga a las pymes a revisar sus estrategias fiscales y considerar el impacto en sus balances.
Para mitigar este efecto, las pymes deberán evaluar nuevas formas de optimizar sus operaciones fiscales, quizás renegociando contratos o buscando alternativas de inversión que compensen la reducción en deducciones.
Revisá tus contratos de alquiler y estrategias fiscales para maximizar beneficios con esta nueva exención desde 2026.




Sería muy conveniente para estimular la inversión en inmuebles para ALQUILAR con destino exclusivo a VIVENDA, que además de declarse la EXENCION en el Impuesto a las GANANCIAS (el valor patrimonial ya estaba EXCLUIDO de la base de cómputo para el Impuesto sobre los BIENES PERSONALES, al igual que la vivienda particular y real del contribuyente), que también se legislara provincialmente la EXENCION EN INGRESOS BRUTOS, y no solo de un par de ellos.