ARCA: nueva multa del 50% para cerrar causas penales por evasión
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Lo que tenés que saber:
- ARCA reglamentó un adicional del 50% para extinguir causas penales
- La Resolución General 5882/2026 formaliza el procedimiento de pago
- El pago se realizará mediante VEP con formulario N° 2712
- El importe adicional abonado podrá solicitarse en devolución si es rechazado
En esta nota
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó un nuevo procedimiento para cerrar causas penales por evasión fiscal. La reciente Resolución General 5882/2026 exige un pago adicional del 50% sobre las obligaciones evadidas e intereses, como requisito para extinguir la acción penal. Este cambio busca mejorar la individualización y registro de pagos en los sistemas de ARCA.
Nuevo procedimiento para extinción penal
ARCA ha formalizado el método para que los contribuyentes puedan pagar el adicional del 50% estipulado por la Ley de Inocencia Fiscal. Este procedimiento, ahora reglamentado, busca facilitar la acreditación de pagos ante la Justicia, asegurando que se registre adecuadamente en los sistemas de ARCA.
El tributarista Sebastián Domínguez explicó que esta resolución resuelve el procedimiento de pago que antes no podía acreditarse uniformemente. Los contribuyentes deben aceptar y cancelar totalmente las obligaciones evadidas, sus intereses y el adicional del 50%.
Cómo realizar el pago
El pago del adicional debe realizarse a través de un Volante Electrónico de Pago (VEP) utilizando el formulario de declaración jurada N° 2712. Este trámite se efectúa desde el servicio «Presentación de DDJJ y Pagos» en el sitio web de ARCA. Se debe generar un VEP por cada obligación tributaria, especificando el impuesto y período correspondiente.
Al confeccionar el VEP, el contribuyente seleccionará el código del impuesto original y usará el concepto y subconcepto 762. El sistema calculará automáticamente el adicional del 50%, aunque permite ajustes en caso de diferencias con la liquidación judicial.
Documentación necesaria para la Justicia
El comprobante de pago junto con el VEP será prueba suficiente del ingreso del adicional. Estos documentos deben presentarse en el expediente judicial junto con los comprobantes de pago de la deuda principal e intereses. Esta documentación es crucial para calcular el monto adicional requerido por la ley.
En caso de rechazo judicial del pedido de extinción, el importe adicional podrá solicitarse en devolución mediante el procedimiento de repetición de la Ley 11.683.
Impacto económico del nuevo esquema
El nuevo esquema tiene un impacto económico significativo para los contribuyentes que consideren acogerse al beneficio. Domínguez advierte que, aunque la extinción de la acción penal es valiosa, su costo debe medirse con precisión. Existe un debate sobre si el adicional del 50% será considerado una multa o una reparación del daño.
Los contribuyentes que pagaron el adicional antes de la vigencia de la resolución con códigos distintos deben solicitar la reimputación del pago a través del servicio «Presentaciones Digitales».
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Revisá el procedimiento detallado para el pago del adicional del 50% y asegurate de cumplir con todos los requisitos para evitar problemas legales futuros.



