
Lo que tenés que saber:
- Feria fiscal va del 13 al 24 de julio 2026
- Prórroga hasta el 27 de julio para Ganancias y Bienes Personales
- Impuesto Cedular también se prorroga hasta el 31 de julio
- Bienes Personales por Acciones no se prorroga, vence en junio
En esta nota
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció la feria fiscal de invierno 2026, que se llevará a cabo del 13 al 24 de julio. Durante este periodo, se suspenden los plazos de determinaciones de oficio, multas, sumarios, descargos, intimaciones y clausuras. Esta medida busca aliviar la carga administrativa sobre los contribuyentes en un momento crítico del año.
Plazos suspendidos: qué significa
La suspensión de plazos implica que, durante la feria fiscal, no se computarán los días hábiles administrativos para los trámites impositivos, aduaneros y de seguridad social. Esto incluye plazos otorgados para responder a requerimientos del organismo, determinaciones de oficio y sumarios. Sin embargo, los vencimientos de presentaciones y pagos de declaraciones juradas, anticipos y planes de facilidades no se ven afectados.
Para las pymes, esto significa un respiro temporal en la gestión de ciertos trámites fiscales, permitiendo concentrarse en otras áreas del negocio sin preocuparse por los plazos inminentes.
Prórroga de declaraciones juradas 2025
ARCA también ha extendido de manera excepcional el plazo para la presentación y pago de las declaraciones juradas de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular hasta el 27 de julio de 2026. Esta prórroga responde a solicitudes de entidades profesionales que requerían más tiempo para la correcta confección de las declaraciones.
Las declaraciones informativas podrán presentarse hasta el 31 de julio de 2026. Esta extensión es crucial para las pymes que necesitan tiempo adicional para organizar sus finanzas y cumplir con sus obligaciones fiscales sin incurrir en penalidades.
Impuestos no prorrogados
No todos los impuestos se benefician de esta prórroga. El Impuesto sobre los Bienes Personales por Acciones y Participaciones Societarias mantiene su vencimiento original en junio de 2026. Las sociedades emisoras deben liquidar e ingresar este tributo directamente.
Para las pymes, esto significa que deben estar atentas a estas fechas para evitar incumplimientos y posibles sanciones que puedan afectar su flujo de caja.
Beneficios para MiPyMEs
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) que cumplen con las condiciones de regularidad establecidas por la Ley N° 27.743 pueden acceder a una reducción de la alícuota del Impuesto sobre los Bienes Personales por Acciones. La tasa efectiva se reduce a 0,375% para los períodos fiscales 2023 a 2025.
Este beneficio es una oportunidad para las pymes de mejorar su posición financiera y planificar inversiones futuras al reducir sus cargas fiscales.
Revisá tus calendarios fiscales y ajustá tus planes para aprovechar las prórrogas y beneficios disponibles. Actuá con antelación para cumplir con las obligaciones que no se han prorrogado.



