
Lo que tenés que saber:
- Nueva prórroga para declaraciones de Ganancias hasta el 30 de octubre
- Reglamento de Inocencia Fiscal II afecta grandes contribuyentes y pymes
- Reducción de multas aplicable a micro y pequeñas empresas
- Declaración Jurada Simplificada disponible desde enero 2025
En esta nota
Nueva extensión para Ganancias
El Gobierno anunció una nueva prórroga para la presentación de las declaraciones anuales del Impuesto a las Ganancias. El plazo ahora se extiende hasta el 30 de octubre. Esta medida busca dar tiempo a ARCA para adecuar el aplicativo a la reciente reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal II.
La prórroga es crucial para pymes que enfrentaban dificultades para cumplir con el plazo inicial. Además, se espera que la UIF avance en la reglamentación sobre el «antecedente favorable», clave para ingresar fondos fuera del sistema financiero.
Impacto de la Ley de Inocencia Fiscal II
La Ley de Inocencia Fiscal II, reglamentada por el decreto 1253/2026, introduce cambios significativos para grandes contribuyentes y pymes. La norma establece que quienes adhieran al régimen deben informar sus bienes en el país y en el exterior. Esto impacta directamente a las empresas que deben ajustar sus reportes fiscales.
Además, la ley define la «discrepancia significativa» en el impuesto determinado, considerando un incremento o reducción de hasta el 15% respecto a lo declarado. Este aspecto es relevante para las pymes que deben estar atentas a sus declaraciones para evitar sanciones.
Reducción de multas para pequeñas empresas
La nueva reglamentación ofrece una reducción de multas para micro, pequeñas y medianas empresas. Esta reducción aplica siempre que no sean consideradas Grandes Contribuyentes Nacionales. Para acceder al beneficio, las empresas deben cumplir con las obligaciones formales dentro de los plazos establecidos.
Este alivio fiscal es una oportunidad para que las pymes regularicen su situación sin enfrentar multas excesivas. Sin embargo, es crucial que cumplan con las condiciones que establece ARCA para evitar futuros inconvenientes.
Declaración Jurada Simplificada
A partir del 1° de enero de 2025, las empresas podrán optar por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias. Este régimen facilita la presentación de declaraciones mediante un sistema precargado por ARCA, que las empresas podrán modificar y confirmar.
La adhesión al régimen simplificado permite a las pymes cumplir con sus obligaciones fiscales de manera más eficiente. Sin embargo, deben ratificar anualmente su permanencia en el régimen para seguir beneficiándose de sus ventajas.
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