
Lo que tenés que saber:
- La Corte falló que prepagas no cubrirán fármacos importados si hay alternativa local
- Trikafta, medicamento importado, quedó fuera de cobertura por fallo de la Corte
- Trixacar, fármaco nacional, es la alternativa propuesta por prepagas
- El fallo podría influir en futuros litigios de medicamentos caros
En esta nota
La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que las empresas de medicina prepaga no están obligadas a financiar medicamentos importados cuando existe una alternativa nacional con el mismo efecto terapéutico. Este fallo, inédito en su tipo, podría marcar un precedente en futuras demandas judiciales relacionadas con la cobertura de tratamientos de alto costo.
Lo que determinó la Corte
El fallo de la Corte Suprema responde a un caso donde una afiliada de OSDE solicitó la cobertura total del medicamento importado Trikafta para tratar la fibrosis quística. OSDE propuso cubrir Trixacar, un producto nacional autorizado por ANMAT. La Corte resolvió que no hay obligación de cubrir el medicamento importado, respaldando el argumento de la prepaga.
El argumento de las prepagas
OSDE argumentó que la legislación argentina no exige estudios de bioequivalencia para el medicamento Trixacar, autorizado por ANMAT. La empresa sostuvo que no existía base legal para obligarla a cubrir un tratamiento importado significativamente más caro. La Corte compartió este criterio.
Impacto en los litigios futuros
La decisión de la Corte podría influir en futuros litigios sobre medicamentos de alto costo. Hasta ahora, no había un criterio definido para casos con dos alternativas terapéuticas, una nacional y otra importada. Este fallo establece un precedente que podría ser relevante en futuros reclamos.
El caso Trikafta
El medicamento Trikafta, importado y utilizado para tratar la fibrosis quística, fue el centro de este fallo. Aunque la paciente experimentó una mejoría con Trikafta, la Corte consideró que la existencia de un fármaco nacional con el mismo objetivo terapéutico justifica la decisión de no cubrir el tratamiento importado.
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