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ARCA establece montos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deben informar operaciones. Esto aplica a personas humanas y jurídicas.
Lo que tenés que saber
- $50 millones para personas humanas, $30 millones para personas jurídicas
- Vigentes durante septiembre de 2026 (régimen de billeteras rige desde abril de 2026)
- Aplica a bancos, billeteras virtuales y plataformas digitales
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Montos de información por tipo de operación
| Tipo de operación | Monto |
|---|---|
| Transferencias y acreditaciones (personas humanas) | $50 millones |
| Transferencias y acreditaciones (personas jurídicas) | $30 millones |
| Extracciones de efectivo | $10 millones |
| Depósitos a plazo (personas humanas) | $100 millones |
| Depósitos a plazo (personas jurídicas) | $30 millones |
| Consumos con tarjetas de débito | $50 millones mensuales por cuenta |
| Operaciones informadas por agentes de liquidación y compensación (personas humanas) | $100 millones |
| Operaciones informadas por agentes de liquidación y compensación (personas jurídicas) | $30 millones |
Qué es el control de ARCA sobre transferencias
ARCA establece umbrales para que bancos y billeteras virtuales informen operaciones financieras. Esto permite al organismo cruzar datos con la información fiscal de los contribuyentes.
Montos a partir de los cuales se informa
Para personas humanas, las transferencias y acreditaciones bancarias se informan desde $50 millones mensuales. Para personas jurídicas, el umbral es de $30 millones. Las extracciones de efectivo se informan desde $10 millones acumulados por mes.
Cómo afecta a las billeteras virtuales
Las billeteras virtuales deben informar ingresos, egresos y saldos finales que superen $50 millones para personas humanas y $30 millones para personas jurídicas. Esto incluye transferencias, préstamos y otros movimientos financieros. Cuando determinadas transferencias superan un porcentaje del umbral general, la plataforma debe informar la CBU o CVU de origen o destino de la operación. Para personas humanas, el porcentaje establecido es del 5% del monto de $50 millones, es decir, $2,5 millones.
Obligación de informar
Las entidades deben informar los movimientos acumulados del mes.
Consecuencias de superar los umbrales
Superar los umbrales no implica por sí mismo una sanción; la entidad debe informar y ARCA puede cruzar los datos y, si encuentra diferencias relevantes o inconsistencias, pedir documentación e iniciar inspecciones.
Información adicional sobre las cuentas
La información que reciben los organismos sobre las cuentas incluye la identificación del usuario, el tipo de cuenta, el número correspondiente, los datos de la entidad emisora y la cantidad de cuentas asociadas a cada usuario.
Fuentes
- ARCA controla las transferencias y billeteras virtuales desde estos montos en septiembre
- ARCA: a partir de qué monto investigará las transferencias en octubre 2026
- ARCA cambia las fechas de Ganancias 2025 y fija un nuevo vencimiento para septiembre
- Monotributista: ARCA confirmó cuándo es la nueva fecha límite para pagar en septiembre
Preguntas frecuentes
¿Qué operaciones deben informar los bancos a ARCA?
Transferencias, acreditaciones, extracciones de efectivo, saldos de cuentas y depósitos a plazo que superen los montos establecidos.
¿Cuáles son los montos para billeteras virtuales?
Para personas humanas, $50 millones; para personas jurídicas, $30 millones.
¿Qué pasa si se superan los montos informados a ARCA?
Superar los umbrales no implica una sanción automática. La entidad queda obligada a reportar; ARCA puede cruzar los datos con la actividad declarada y, si detecta diferencias relevantes o inconsistencias, pedir documentación e iniciar inspecciones.
¿Las transferencias pequeñas están exentas?
No, el régimen contempla los movimientos acumulados durante el período mensual. Además, no conviene dividir artificialmente una suma elevada en muchas transferencias pequeñas, ya que las plataformas pueden detectar estos movimientos y pedir una explicación sobre el origen de los fondos.
¿Cómo se determina el umbral para informar?
Se considera el total acumulado de las operaciones durante el mes.
¿Qué documentación sirve para justificar el origen de los fondos?
Facturas, recibos de honorarios, escrituras, boletos de compraventa, documentación por venta de vehículos, contratos de préstamos y certificaciones contables.
Ficha actualizada el 05/10/2026. Revisión mensual: cuando el dato cambia, esta página se corrige y queda el historial.
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