Corte, corte
Lo que tenés que saber:
- 24 trabajadores de Ford fueron víctimas entre 1976 y 1977
- Condenaron a dos directivos de Ford a 10 años de prisión
- El juez Rosatti lideró la mayoría que ratificó la condena
- Rosenkrantz votó en disidencia por anular la condena
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Condena de diez años: los directivos involucrados
La Corte Suprema ratificó la condena de 10 años para dos exdirectivos de Ford Argentina, Héctor Sibilia y Pedro Müller. Fueron considerados partícipes necesarios en los secuestros y tormentos de 24 trabajadores durante la última dictadura militar. El fallo se centró en su rol activo en facilitar las detenciones ilegales.
La sentencia inicial del Tribunal Oral Federal de San Martín había sido confirmada por la Cámara de Casación. La Corte, con la mayoría de Rosatti y dos conjueces, rechazó la apelación de Müller, destacando su control sobre la planta y su implicancia en los hechos.
División en la Corte: los votos disidentes
La decisión de la Corte estuvo marcada por una división interna. El ministro Ricardo Lorenzetti no participó del fallo, mientras que Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. Rosenkrantz argumentó que la condena de Müller violaba la presunción de inocencia y las garantías de defensa en juicio.
Rosenkrantz criticó que la culpabilidad de Müller no se demostró más allá de toda duda razonable. Planteó que las pruebas no eran suficientes para justificar una condena penal, y que se basaban en suposiciones sin evidencia directa.
Rol de Ford en los crímenes: logística y complicidad
La sentencia destacó que Ford Argentina facilitó recursos logísticos y materiales a las fuerzas militares. Esto permitió la detención y tortura de trabajadores, en algunos casos dentro de la misma planta convertida en centro clandestino.
El fallo subrayó la complicidad de los directivos en la identificación y localización de los empleados detenidos. La empresa no solo aportó información, sino también infraestructura para los operativos represivos.
Impacto en la justicia argentina: un precedente
Este fallo de la Corte Suprema sienta un precedente significativo en casos de crímenes de lesa humanidad cometidos por empresas. A nivel judicial, reafirma la responsabilidad penal de actores privados en violaciones de derechos humanos.
Para las pymes, este caso resalta la importancia de la ética empresarial y la responsabilidad social. Las empresas deben estar conscientes de las implicancias legales de sus acciones y asociaciones.
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