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🔄 Actualizado al 15 de julio de 2026
Los trabajadores autónomos aportan a ARCA una cuota mensual fija según su categoría (I a V). Estos son los importes oficiales vigentes desde el 15 de julio de 2026. Las categorías I y II corresponden a independientes, profesionales y comerciantes; las III, IV y V, a directores y socios de sociedades.
🔑 Lo que tenés que saber
- El aporte de autónomos se actualiza todos los meses por inflación (IPC), con vigencia el día 15.
- Categoría I: $74.003,80 · categoría V: $325.612,46 por mes.
- Las categorías I y II son para independientes/profesionales/comercio; III a V, para dirección de sociedades.
- Las categorías “prima” (I’ a V’) son para actividades penosas o riesgosas (aportan un adicional).
- Hay aportes reducidos para jubilados en actividad ($62.440,71) y amas de casa ($25.438,81).
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Autónomos 2026: aporte mensual por categoría
| Categoría | Aporte mensual |
|---|---|
| I | $74.003,80 |
| II | $103.603,74 |
| III | $148.006,32 |
| IV | $236.810,00 |
| V | $325.612,46 |
Categorías “prima” (actividades penosas o riesgosas)
| Categoría | Aporte mensual |
|---|---|
| I’ | $80.941,66 |
| II’ | $113.316,59 |
| III’ | $161.881,91 |
| IV’ | $259.010,93 |
| V’ | $356.138,63 |
Aportes reducidos y casos especiales
| Situación | Aporte mensual |
|---|---|
| Afiliación voluntaria (Cat. I) | $74.003,80 |
| Menores de 18 a 21 años (Cat. I) | $74.003,80 |
| Jubilados que siguen en actividad (Cat. I) | $62.440,71 |
| Amas de casa – aporte reducido (Ley 24.828) | $25.438,81 |
¿Qué categoría me corresponde?
Categorías I y II: trabajadores independientes, profesionales, oficios y comerciantes (la II, para los de mayores ingresos). Categorías III, IV y V: quienes ejercen dirección, administración o conducción de sociedades comerciales o civiles, y socios, según el nivel de ingresos. El encuadre lo define la actividad y los ingresos brutos anuales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga un autónomo por mes en 2026?
Desde el 15 de julio de 2026: categoría I $74.003,80; II $103.603,74; III $148.006,32; IV $236.810; V $325.612,46. Las categorías prima (I’ a V’) aportan un adicional.
¿Cada cuánto se actualizan los aportes de autónomos?
Todos los meses, por la inflación (IPC del INDEC), con vigencia a partir del día 15 de cada mes.
¿Qué diferencia hay entre las categorías I-II y III-IV-V?
Las categorías I y II son para trabajadores independientes, profesionales y comerciantes. Las III, IV y V son para quienes dirigen o son socios de sociedades.
¿Qué son las categorías “prima” (I’, II’…)?
Son para quienes realizan actividades penosas o riesgosas con régimen previsional diferencial: aportan un porcentaje adicional sobre la categoría común.
Fuente: ARCA (arca.gob.ar), tabla oficial de autónomos vigente desde el 15/7/2026, cruzada con Contadores en Red. Los importes fiscales pueden variar por resoluciones de ARCA; verificá tu caso puntual en arca.gob.ar. Esta nota se actualiza cuando cambian los valores oficiales. Última revisión: 15 de julio de 2026.
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