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Lo que tenés que saber:
- Ganancias prorroga presentación hasta el 27 de agosto
- Bienes Personales y Cedular vencen el 27 de julio
- No hay prórroga para el pago de Ganancias
- Reforma de Inocencia Fiscal en debate
En esta nota
Ganancias: prórroga parcial
El Gobierno decidió extender hasta el 27 de agosto la presentación de las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, el pago debe realizarse antes del 27 de julio. Esta medida busca dar más tiempo a los contribuyentes para presentar su documentación sin afectar la recaudación.
Esta prórroga fue anunciada tras una reunión del ministro de Economía, Luis Caputo, con expertos tributaristas. La idea es que el Congreso apruebe la reforma de la Ley de Inocencia Fiscal antes de la nueva fecha límite.
Bienes Personales y Cedular: sin cambios
Para los impuestos de Bienes Personales y Cedular, no hay prórroga. Tanto la presentación como el pago vencen el 27 de julio. Las autoridades han confirmado que no se modificará esta fecha, manteniendo la obligación de cumplir con los plazos establecidos.
Esto implica que los contribuyentes deben organizarse para cumplir con estos vencimientos, ya que no habrá margen adicional para presentar la documentación ni realizar los pagos correspondientes.
Reforma de Inocencia Fiscal: cambios propuestos
El anteproyecto de Inocencia Fiscal plantea una reforma significativa al régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias. Entre los cambios, se eliminarán los límites patrimoniales y de ingresos, permitiendo que más contribuyentes accedan al régimen simplificado.
Además, se redefine la «discrepancia significativa», estableciendo nuevos criterios para determinar cuándo ARCA puede impugnar una declaración. Esto podría beneficiar a quienes enfrentan ajustes menores o diferencias de criterio.
Impacto en las pymes: qué considerar
Las pymes deben estar atentas a estos cambios, especialmente a las fechas de vencimiento y las posibles reformas. La eliminación de los topes en la Inocencia Fiscal podría permitir a más empresas acceder a beneficios fiscales que antes no eran posibles.
Sin embargo, la falta de prórroga para Bienes Personales y Cedular significa que las pymes deben planificar sus pagos para evitar sanciones. Es crucial mantenerse informado sobre las modificaciones propuestas y cómo podrían afectar sus obligaciones fiscales.
💡 La recomendación de MundoEmpresarial.ar
Revisá tus obligaciones fiscales y considerá la posibilidad de adherirte al régimen simplificado si los cambios en la Inocencia Fiscal te benefician. No olvides los vencimientos de julio.



