
Lo que tenés que saber:
- ARCA extendió el plazo hasta el 30 de octubre de 2026
- La declaración es para el período fiscal 2025
- El Formulario F. 711 es obligatorio en régimen general
- La resolución es la General 5911/2026
En esta nota
Plazo extendido hasta octubre
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que el nuevo plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias es el 30 de octubre de 2026. Esta prórroga aplica al período fiscal de 2025, ofreciendo más tiempo a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales.
La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5911/2026. Esta extensión del plazo busca facilitar el cumplimiento de quienes aún no han podido completar el trámite.
Cómo presentar la declaración
Para realizar la presentación de la declaración jurada, los contribuyentes deben ingresar al sitio oficial de ARCA utilizando su clave fiscal. Una vez dentro, se debe acceder al servicio «Ganancias Personas Humanas – Portal integrado».
En el caso del régimen general, es necesario completar y enviar el Formulario F. 711. Este formulario permite informar los ingresos, deducciones y otros datos relevantes para el cálculo del impuesto anual.
Régimen de Declaración Jurada Simplificada
Para quienes están adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada, ARCA ofrece una herramienta digital específica. Esta modalidad permite trabajar con información precargada por el organismo, facilitando la corrección o adición de datos según sea necesario.
Es crucial que los contribuyentes revisen cuidadosamente los datos disponibles antes de enviar su declaración, asegurándose de que toda la información esté correcta y completa.
Vencimiento del saldo en julio
A pesar de la prórroga para la presentación de la declaración, el vencimiento para ingresar el saldo correspondiente se mantiene en el 27 de julio de 2026. Es importante que los contribuyentes verifiquen su situación fiscal y consulten las alternativas disponibles para evitar inconvenientes.
Esta dualidad de fechas exige una planificación cuidadosa por parte de los contribuyentes para cumplir con ambas obligaciones de manera eficiente.
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