
Con el fin de frenar la propagación del coronavirus, el presidente Alberto Fernández enfatizó este miércoles que aquellas personas que hayan regresado de países con focos de coronavirus "tienen la obligación de recluirse en soledad en su casa", y advirtió que "si no lo cumplen, estarán incurriendo en un delito, que es poner en riesgo la salud pública" por violar la cuarentena.
El presidente de la Nación y el ministro de Salud encabezaron reunión interministerial para fortalecer la respuesta ante el COVID-19. El gobierno nacional creó un fondo de $ 1.700 millones para adquirir equipamiento de laboratorios y hospitales.
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— Ministerio de Salud de la Nación (@msalnacion) March 11, 2020
Esta medida será oficial a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que se publicará en el Boletín Oficial. Sin embargo, el actual Código Penal ya dispone una pena para este tipo de casos: contempla entre tres y 15 años de cárcel para las personas que propaguen “una enfermedad peligrosa y contagiosa", en el artículo 202.
El artículo 203 hace referencia a multas de entre 5 mil a 100 mil pesos cuando la propagación fuera cometida “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo".
Y el 205 destaca: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
"La OMS ha estado evaluando este brote de forma constante y estamos profundamente preocupados tanto por los niveles alarmantes de propagación y gravedad, como por los niveles alarmantes de inacción. Por lo tanto, hemos realizado la evaluación de que COVID19 puede caracterizarse como una pandemia", indicó el director general de la organización.
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— OPS/OMS Argentina (@opsargentina) March 11, 2020



