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Lo que tenés que saber:
- La provincia permite el pago en cuotas de condenas laborales, beneficiando a pymes.
- Las pymes pueden cancelar sentencias en hasta 12 cuotas mensuales.
- Los honorarios profesionales también se pueden abonar en cuotas, facilitando la gestión financiera.
- Es crucial identificar sentencias no firmes antes del 6 de marzo de 2026 para acceder a este beneficio.
En esta nota
Por CYT Abogados
La norma en discusión
Buenos días.
Les acercamos información por un caso donde ya se ha ordenado cancelar la condena laboral en cuotas.
El dato relevante: hasta ahora, la mayoría de los pronunciamientos sobre esta norma venía declarando su inconstitucionalidad. Este fallo va en sentido contrario y ofrece, por primera vez con cierto desarrollo, los argumentos que la defensa de la Empresa puede invocar cuando pide el fraccionamiento.
Los honorarios también van en cuotas
El juzgado extendió el régimen de cuotas a los honorarios profesionales regulados en la causa.
Implicancias para la Empresa
Sugerimos tres puntos de agenda inmediata:
- Identificar en qué expedientes la sentencia no estaba firme al 6 de marzo de 2026.
- Acreditar en tiempo propio la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa, que es lo que habilita el plazo de doce cuotas.
- Planificar el flujo de fondos de los pasivos laborales bajo la nueva pauta de actualización.
Un pedido de fraccionamiento mal fundado o extemporáneo se pierde, y con él, la diferencia entre un desembolso único y uno escalonado.



