Arca, arca
Lo que tenés que saber:
- La RG 830 regula retenciones de Ganancias desde el año 2000
- Última actualización importante de la RG 830 fue en agosto de 2019
- Montos mínimos de retención no se actualizan desde hace años
- Retenciones mínimas de $60 y $160 siguen vigentes desde 2016
En esta nota
RG 830 y su impacto en retenciones
La Resolución General 830/2000 (RG 830) es crucial para el Régimen General de Retención del Impuesto a las Ganancias. Dictada por la AFIP, hoy ARCA, obliga a ciertos compradores a retener un porcentaje al pagar a sus proveedores. La norma afecta a pagos por alquileres, honorarios y ventas de mercadería.
Sin embargo, los contadores alertan sobre su desactualización. Los montos mínimos, que no se ajustan desde hace años, distorsionan el sistema tributario. La última actualización importante fue en agosto de 2019, con un incremento promedio del 57%.
Actualización insuficiente frente a la inflación
Aunque la RG 830 se actualiza anualmente desde 2023, el índice es insuficiente frente a la inflación. Esto deja a las empresas lidiando con montos mínimos desfasados. La actualización de 2019 no basta para cubrir el aumento de precios.
Por ejemplo, el nuevo régimen de retención para profesionales liberales, agregado en 2023, tiene un monto no sujeto a retención de $160.000. La alícuota es progresiva, pero no compensa los años de inflación acumulada.
Montos mínimos irrisorios que complican
Los contadores critican los montos mínimos que obligan a las empresas a una carga administrativa excesiva. Retenciones de $60 o $160 son ejemplos de cifras que no se actualizan desde hace años. Estos valores se fijaron en 2016 y siguen vigentes.
Por ejemplo, el mínimo para percibir IVA a clientes es de $60, vigente desde 2016. Para los honorarios judiciales, el mínimo es de $160, congelado desde 2001. Estos valores son absurdos en el contexto económico actual.
Retenciones de Ganancias más desactualizadas
Los topes de retenciones de Ganancias también están desfasados. Para sujetos no inscriptos, si la retención es inferior a $240, no se practica. Este monto data de 2019. Para entidades exentas, el tope es de $10.000 desde 2017. Hoy, cualquier pago institucional supera esa cifra, generando papeleo innecesario.
En la práctica, estos montos mínimos complican las operaciones diarias de las empresas, obligando a trámites que no reflejan la realidad económica actual.
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