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La ley 27.826 introduce modificaciones en la declaración simplificada de Ganancias y multas para pymes.
Lo que tenés que saber
- Ley 27.826, aprobada por el Congreso
- Vencimiento declaración Ganancias: 13 de octubre
- Reducción de multas para pymes: 25%
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Fechas clave para la declaración de Ganancias
Qué es la Inocencia Fiscal II
La Inocencia Fiscal II es una modificación a la ley de Inocencia Fiscal, ahora bajo la ley 27.826. Introduce cambios en la declaración simplificada del impuesto a las Ganancias y ajusta las sanciones tributarias.
Cuánto es y desde cuándo
El Senado publicó el texto aprobado y la modificación de la ley de Inocencia Fiscal ya tiene número: es la ley 27.826. El vencimiento para presentar la declaración de Ganancias, tanto en su versión tradicional como en la del régimen simplificado, es el 13 de octubre.
A quién le toca y a quién no
La declaración simplificada está disponible para contribuyentes, con limitaciones para grandes contribuyentes. Los grandes contribuyentes pueden adherir exclusivamente para presentar la declaración jurada y realizar el pago del impuesto, no pudiendo acceder a la presunción de exactitud —el llamado tapón fiscal— ni a los demás beneficios que otorga la ley.
Cómo se declara y se paga
Los contribuyentes deben presentar la declaración simplificada antes del 13 de octubre. Si los anticipos no se encuentran en el servicio de ‘cuentas tributarias’, deben calcularse manualmente en papeles de trabajo para poder ingresarlos en las nuevas fechas establecidas. De existir una diferencia pendiente de ingreso que surja de la liquidación definitiva, deberá cancelarse hasta el 13 de octubre.
Qué pasa si no se hace
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; las personas humanas y las entidades sin fines de lucro, que no sean grandes contribuyentes, tienen una reducción del 25% para determinadas multas. Además, se reducen en un 50% las multas aplicadas previamente a la sanción de la última reforma, en la medida en que el contribuyente se adhiera al régimen simplificado de presentación del Impuesto a las Ganancias, siempre que las multas no se encuentren firmes o, si lo están, que no hayan sido abonadas.
Modificaciones adicionales
Adicionalmente, la norma sancionada efectúa modificaciones a la ley 25.191 sobre las infracciones vinculadas al Registro Nacional de Trabajadores Rurales.
Con la nueva ley se permite rectificar las declaraciones juradas en el momento de detectarse una discrepancia significativa. La condición que se coloca es que el contribuyente deberá presentar y abonar la declaración jurada rectificativa, con los intereses correspondientes, dentro de los 15 días hábiles posteriores de la notificación realizada por ARCA.
La carga de la prueba de la evaluación de la discrepancia significativa quedará a cargo de ARCA.
Los contribuyentes que opten por la modalidad simplificada de la declaración jurada del impuesto a las Ganancias tendrán que canalizar sus operaciones, en el origen y destino, utilizando medios autorizados por el Banco Central y/o la Comisión Nacional de Valores.
La exigencia de poseer residencia fiscal en el país durante la totalidad del período fiscal no deberá ser cumplida por los que adhieran al régimen para el año 2025.
En el Congreso se incluyó una adhesión que está limitada a la presentación de la declaración simplificada para determinados funcionarios, con cargos no inferiores al de secretario de estado, legisladores, concejales, magistrados, etcétera, que hayan ejercido el cargo en los cinco años anteriores.
La modificación no establece limitación sobre los familiares de los funcionarios, que de esta forma podrían adherir a la inocencia fiscal con todos los beneficios que otorga la ley.
Se eliminan los requisitos originales que puso la ley 27.799, vinculados con el límite de los ingresos y del patrimonio de los últimos tres años.
En cuanto al porcentaje del 15% de desvío, se agrega otro límite mínimo por la diferencia de impuesto, equivalente a cinco millones de pesos (5% sobre el monto de la ley penal tributaria por evasión simple).
Se mantiene como discrepancia la diferencia de impuesto que supere cien millones de pesos, de donde también se excluye a la disminución de los saldos a favor impositivos.
Se agrega como discrepancia observada por ARCA a los ingresos directos que fueron computados improcedentemente por los contribuyentes, como ser retenciones, percepciones, pagos a cuenta y anticipos, sin importe mínimo.
En este último paso legislativo, se incorporó a la ley de Procedimientos (11.683) una reducción del 25% para determinadas multas aplicadas a los contribuyentes que califican como Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; para las personas humanas y las entidades sin fines de lucro, que no sean grandes contribuyentes.
Con los cambios de la nueva ley, en cuanto a la restricción de las discrepancias significativas, que hacen peligrar la presentación simplificada de ganancias, de la impugnación realizada por ARCA no se considerará la reducción del saldo a favor del contribuyente.
A los efectos de la presunción de exactitud, se aclara que los períodos no prescriptos del IVA comprenden las declaraciones juradas mensuales devengadas hasta el mes de diciembre del año fiscal del impuesto a las Ganancias adherido a la presentación simplificada.
Lo que cambió para Ganancias y para el blanqueo, en detalle: Ley de Inocencia Fiscal II: publicación del texto y requisitos para regularizar dólares del colchón.
Fuentes
- Inocencia Fiscal II: guía completa de las modificaciones que impactan en los contribuyentes
- Inocencia Fiscal II: guía completa de las modificaciones que impactan en los contribuyentes – E
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Inocencia Fiscal II?
Es una modificación a la ley de Inocencia Fiscal que introduce cambios en la declaración simplificada de Ganancias.
¿Cuándo vence la declaración simplificada de Ganancias?
El 13 de octubre.
¿Quiénes pueden adherir a la declaración simplificada?
Contribuyentes, con limitaciones para grandes contribuyentes. Los grandes contribuyentes solo pueden presentar y pagar.
¿Qué pasa si no presento la declaración a tiempo?
Las multas pueden reducirse en un 25% para pymes y otros grupos, y en un 50% si se adhieren al régimen simplificado.
¿Cómo se calculan los anticipos si no están en cuentas tributarias?
Deben calcularse manualmente en papeles de trabajo para ingresarlos en las nuevas fechas establecidas.
¿Qué beneficios ofrece la declaración simplificada?
La declaración jurada de Ganancias simplificada otorga presunción de exactitud y genera un bloqueo fiscal ante ARCA por el impuesto a las Ganancias y el IVA, pero corre riesgo cuando existe discrepancia significativa.
Ficha actualizada el 04/10/2026. Revisión mensual: cuando el dato cambia, esta página se corrige y queda el historial.



