Monotributistas: desde 2026 deberán emitir comprobantes electrónicos
La Resolución General 5893/2026 establece que los monotributistas sociales deberán emitir comprobantes electrónicos a partir del 1 de noviembre de 2026.
Monotributistas sociales emiten electrónicamente desde noviembre 2026
Sujetos no alcanzados por IVA inician en marzo 2027
ARCA asignará puntos de venta electrónicos automáticamente
Nuevas reglas impactan a monotributistas y sujetos sin IVA
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Nuevas fechas para comprobantes electrónicos
La Resolución General 5893/2026 establece que los monotributistas sociales deberán emitir comprobantes electrónicos a partir del 1 de noviembre de 2026. Para los sujetos no alcanzados por el IVA, la obligación comenzará el 1 de marzo de 2027. Esta medida busca mejorar la trazabilidad y el control fiscal.
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Impacto en monotributistas sociales
Los monotributistas sociales, hasta ahora exentos de esta obligación, tendrán que adaptarse al nuevo sistema de facturación electrónica. Esto implica que deberán contar con un punto de venta electrónico, que será asignado automáticamente por ARCA si no lo tienen.
Sujetos no alcanzados por el IVA
Para quienes no están alcanzados por el IVA, la implementación del sistema electrónico comenzará más tarde, en marzo de 2027. Esto les da un margen de tiempo para prepararse y adecuar sus sistemas de facturación a las nuevas exigencias.
Asignación de puntos de venta
ARCA se encargará de asignar automáticamente un punto de venta electrónico a aquellos contribuyentes que no cuenten con uno. Esta automatización busca facilitar el proceso de adaptación y asegurar que todos los involucrados cumplan con la normativa desde el inicio.